La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4824/2020, fijó hasta el próximo 2 de octubre, inclusive, el plazo para que las empresas puedan acceder al beneficio del salario complementario por medio del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
En la sexta etapa del programa, las empresas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada. La tasa de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15%.
Las empresas o empleadores que cumplan con los requisitos necesarios deben registrarse en www.afip.gob.ar ingresando con Clave Fiscal, luego seleccionar la solapa “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.
Los empleados pueden consultar la fecha exacta de cobro del sueldo de septiembre desde el sitio web de ANSES, en la dirección servicioscorp.anses.gob.ar/ATPConsulta/.
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