Régimen de Promoción de Generación de Empleo en el Norte Grande para incentivar al sector privado

El Gobierno Nacional ha determinado el Régimen de Promoción de Generación de Empleo en el Norte Grande, mediante el Decreto 191/2021, donde dispuso que las empleadoras y los empleadores de Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago del Estero y Tucumán del sector privado que contraten nuevas trabajadoras y nuevos trabajadores, por tiempo indeterminado, gozarán de una reducción de sus contribuciones patronales.

Esto se verá reflejado en los siguientes subsistemas de la seguridad social:

– Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias.

– Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley N° 19.032 y sus modificatorias.

– Fondo Nacional de Empleo, Ley N° 24.013 y sus modificatorias.

– Régimen Nacional de Asignaciones Familiares, Ley N° 24.714 y sus modificatorias.

El beneficio consta de:

  • Una reducción del 80 % de las contribuciones patronales correspondientes a los primeros 12 meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral.
  • Una reducción del 55 % de las contribuciones patronales correspondientes a los 12 meses siguientes a la finalización del período mencionado en el inciso anterior, de una persona mujer, travesti, transexual o transgénero.
  • Una reducción del 30 % de las contribuciones patronales correspondientes a los 12 meses siguientes a la finalización del período mencionado en el inciso anterior, de una persona mujer, travesti, transexual o transgénero.
  • Una reducción del 70 % de las contribuciones patronales correspondientes a los primeros 12 meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral, inclusive, de una persona varón.
  • Una reducción del 45 % de las contribuciones patronales correspondientes a los 12 meses siguientes a la finalización del período mencionado en el inciso anterior, de una persona varón.
  • Una reducción del 20 % de las contribuciones patronales correspondientes a los 12 meses siguientes a la finalización del período mencionado en el inciso anterior, de una persona varón.

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