Por disposición del Banco Central de la República Argentina (BCRA), en un plazo de 60 días, las entidades financieras y los prestadores de sistemas de pagos deberán generar un código QR que identifique a las cuentas de sus clientes comerciales, con el propósito de simplificar las operaciones por pagos con transferencias, garantizando la inmediatez de la acreditación del dinero recibido por la transacción.
También deberán identificarse con un código QR las cuentas corrientes de personas humanas y jurídicas en entidades financieras y las cuentas de pago de los PSP, cuyos titulares sean personas jurídicas -a la fecha, identificadas mediante un número de CBU/CVU y un Alias-.
La decisión se enmarca en el programa Transferencias 3.0 del ente regulador y tiene como objetivo fortalecer el ecosistema de pagos digitales en la actividad comercial minorista.
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