AFIP: cambios en la generación del Volante Electrónico de Pago
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció, mediante la Resolución General 4577/2019, la modificación del procedimiento de generación del Volante Electrónico de Pago
(VEP).
La misma establece que para cancelar obligaciones mediante transferencia electrónica de fondo deberá:
- Ingresar al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos” que se encuentra disponible en el sitio web de la AFIP, mediante la utilización de la Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 como mínimo, o a través del sitio web de los prestadores homologados por el fisco nacional.
- Generar el volante electrónico de pago (VEP) por alguna de las siguientes opciones:
- En todos los casos, el volante electrónico de pago (VEP) generado estará identificado con un número unívoco y deberá ser cancelado íntegramente en un solo pago aunque contenga más de una obligación.
- Elegir la entidad de pago que se utilizará para cancelar el volante electrónico de pago (VEP) generado.
- Acceder al sitio web de la entidad de pago elegida o del banco habilitado y efectuar el pago del volante electrónico de pago (VEP) generado.
Cabe destacar que, los contribuyentes y/o responsables deberán poseer una cuenta bancaria en pesos desde la que se autorizará el pago por débito en cuenta.
Debajo acercamos el texto original de la Resolución General 4577/2019
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