Durante el mes de enero de 2010 la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA mantendrá su funcionamiento normal, con las siguientes limitaciones:
1. HORARIO DE MESA DE ENTRADAS:
El horario de recepción para la totalidad de los trámites durante el mes de enero de 2010 será de 9:30 hs. a 12:00 hs., salvo aquellos trámites urgentes correspondientes al Departamento de Precalificación, los cuales se recibirán de 8:00 hs. a 9:00 hs.
2. HORARIO DEL AREA INTERVENCION Y RUBRICA DE LIBROS:
Trámites urgentes de 11.00 hs. a 12:00 hs. y restantes trámites de 11:00 hs. a 13.00 hs.
3. PLAZO DEL TRAMITE URGENTE:
Se establece en 72 horas el plazo para la sustanciación de trámites registrales del Departamento de Precalificación y trámites del Area Intervención y Rúbrica de Libros.
4. RECEPCION DE OFICIOS JUDICIALES:
Se receptarán solamente aquellos oficios judiciales que tengan carácter de urgente.
Se entenderá por tales a:
a) los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte del auto ordenatorio o del cuerpo del despacho;
b) los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional;
c) los provenientes de organismos instructorios en materia penal;
5. TRAMITES EXCLUIDOS:
No se recibirán durante el mes de enero de 2010:
a) requerimientos de organismos administrativos.
b) pedidos de expedición de testimonios comunes y urgentes, certificados, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de actuaciones de cualquier clase.
c) solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración.
d) presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización.
6. CONTESTACIONES DE VISTAS Y EMPLAZAMIENTOS
No se dará curso a contestaciones de vistas y emplazamientos, intimaciones o requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2009, excepto en los trámites que corresponden al Departamento de Precalificación y Oficina de Sociedades Extranjeras. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2009 y se reanudará, también automáticamente, el 1 de febrero de 2010.
7. DENUNCIAS
Se suspende el plazo para proveer denuncias durante enero de 2010. Sin perjuicio de ello, podrá disponerse su tramitación en caso de requerirlo el ejercicio inmediato de medidas propias de la fiscalización permanente sobre sociedades comprendidas en los artÃculos 299 y 301 de la Ley 19.550, 8º de la Ley 22.315, asociaciones civiles, fundaciones o entidades comprendidas en el artÃculo 9º de la citada Ley 22.315.













